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Se admitirán sitios que atendiendo a la definición de Asociación u Organización tengan:

Carácter social; Sitios en castellano.

Independencia del ámbito gubernamental, ausencia de finalidad lucrativa, Carácter Civil .

Y su campo de acción sea internacional.

Definiciones para Asociaciones, Fundaciones y Organizaciones sin Ánimo de Lucro
Asociación.
1. f. Acción y efecto de asociar o asociarse.
2. f. Conjunto de los asociados para un mismo fin y, en su caso, persona jurídica por ellos formada.

Fundación. (Del lat. fundatĭo, -ōnis).

3. f. Der. Persona jurídica dedicada a la beneficencia, ciencia, enseñanza, o piedad, que continúa y cumple la voluntad de quien la erige.

Organización.
1. f. Acción y efecto de organizar u organizarse.
3. f. Asociación de personas regulada por un conjunto de normas en función de determinados fines.

Quedan excluidas del ámbito de aplicación de esta categoría las entidades que se rijan por las disposiciones relativas al contrato de sociedad, según se define en las Leyes, y se constituyan con arreglo al Derecho Civil o Mercantil, así como las organizaciones y asociaciones siguientes:

1. Las Asociaciones constituidas según el Derecho Canónico

2. Las de funcionarios, civiles y militares, y las del personal civil empleado en los establecimientos de las Fuerzas Armadas.

Sitios en Internet sobre entidades dedicadas a ofrecer servicios sociales a la comunidad. Como el Rotary o Clubes de Leones.
En esta categoría se listaran sitios de interés mayor que el de un país.
Paginas descriptivas de la masoneria, historia, foros etc. Subsecciones: páginas personales, instituciones (Obediencias) y logias

Para ser incluido en esta categoría tiene que cumplir con la política de envío de "Curlie" así como tiene que tratarse de Logias (por ejemplo las "Grandes Logias" deben listarse en la sección "World: Español: Sociedad: Asociaciones: Francmasonería: Grandes Logias".

Se admitirán sitios que atendiendo a las definiciones de Fundación y tengan:
.- carácter social;
.- sean sitios en castellano;
.- independencia del ámbito gubernamental;
.- ausencia de finalidad lucrativa,
.- tengan Carácter Civil, y;
.- su campo de acción sea internacional.
 

Definiciones:
Fundación.

3. f. Der. Persona jurídica dedicada a la beneficencia, ciencia, enseñanza, o piedad, que continúa y cumple la voluntad de quien la erige.


Quedan excluidas del ámbito de aplicación de esta categoría las entidades que se rijan por las disposiciones relativas al contrato de sociedad, según se define en las Leyes, y se constituyan con arreglo al Derecho Civil o Mercantil, así como las organizaciones y asociaciones siguientes:

1. Las Asociaciones constituidas según el Derecho Canónico

2. Las de funcionarios, civiles y militares, y las del personal civil empleado en los establecimientos de las Fuerzas Armadas.

  • Busque la categoría que se ajuste mejor a su sitio. Si su sitio tiene cobertura en un sólo país, región o localidad debe ser agregado en la categoría regional que corresponda.
  • Envíe sus sitios usando la dirección (URL) principal, no agregue direcciones secundarias o de secciones de su sitio, de lo contrario el sitio no será listado
  • Use como título el mismo que tiene su sitio, evite usar todas mayúsculas o mayúsculas intercaladas
  • La descripción debe ser breve, de menos de 25 palabras, y debe contener el contenido actual del sitio.
  • No use descripciones en primera persona (nosotros, somos, nuestro)
  • No use lenguaje publicitario. ( Somos los Mejores!!!, Los Únicos, El Mejor Sitio, Los Primeros, Los Más Rápidos). Todo tipo de lenguaje publicitario será removido de la descripción si el sitio es listado.
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  • Sitios en otros idiomas no serán listados, estos deben ser enviados a la categoría de World/ que corresponda. Todos los sitios son revisados periódicamente.
  • Todos los sitios en el directorio pueden, en algún momento ser editados: cambio de título, descripción o categoría.

Todos los sitios enviados son revisados por editores voluntarios del directorio. Los sitios son listados con el título del sitio, seguido de una breve descripción. La descripción estará basada en la información que usted provea y en la revisión del sitio. Los sitios serán listados en la categoría más adecuada según el criterio del editor y las reglas internas del directorio. Los sitios que continuamente tratan de agregar sus sitios, ya sea usando su dirección principal, espejos (mirrors) o sub-páginas serán rechazados.

Sitios en Internet sobre entidades de carácter social, independientes y autónomas, jurídicamente fundadas y que actúan sin finalidad de lucro y su campo de acción sea internacional.

Su acción se orienta hacia la cooperación y hacia la búsqueda de acuerdos de ayudas con el objetivo de provocar y promover el desarrollo en los pueblos, las sociedades y de los sectores desfavorecidos.
Se admitirán sitios que promuevan el desarrollo como objetivo a través de diferentes estrategias:

- Los proyectos de desarrollo
- La sensibilización y educación
- La presión política sobre causas sociales
- El comercio justo y solidario
- El desarrollo sostenible
- La defensa y promoción de los derechos del ser humano

-Si su sitio tiene cobertura en un sólo país, región o localidad debe ser agregado en la categoría regional que corresponda.

Envíe sus sitios usando la dirección (URL) principal, no agregue direcciones secundarias o de secciones de su sitio,
Use como título el mismo que tiene su sitio, evite usar todas mayúsculas o mayúsculas intercaladas
La descripción debe ser breve, de menos de 25 palabras, y debe contener el contenido actual del sitio.
No use descripciones en primera persona (nosotros, somos, nuestro)
No use lenguaje publicitario. ( Somos los Mejores!!!, Los Únicos, El Mejor Sitio, Los Primeros, Los Más Rápidos).
Todos los sitios en el directorio pueden, en algún momento ser editados: cambio de título, descripción o categoría.
Todos los sitios enviados son revisados por editores voluntarios del directorio.

Los sitios son listados con el título del sitio, seguido de una breve descripción. La descripción estará basada en la información que usted provea y en la revisión del sitio. Los sitios serán listados en la categoría más adecuada según el criterio del editor y las reglas internas del directorio.